viernes, 29 de julio de 2011

Salud en Chile

La Constitución de la República de Chile declara que la salud es un derecho básico reconocido para todos los ciudadanos. En las propuestas de reforma de la atención de salud que se han gestado en el país se la considera como un bien social[i]. (1)
Según el artículo 19.9 de la Constitución chilena:
“El derecho a la protección de la salud:El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo. Le corresponderá, asimismo, la coordinación y control de las acciones relacionadas con la salud. Es deber preferente del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, sea que se presten a través de instituciones públicas o privadas, en la forma y condiciones que determine la ley, la que podrá establecer cotizaciones obligatorias. Cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado”.[ii]
Es cosa de leer simplemente y darse cuenta de que ninguna línea del artículo habla sobre la calidad en salud. Dejando los derechos del ciudadano con respecto a esta a merced de la “amabilidad” del proveedor. Construyendo murallas de separación entre la salud privada y pública. Se puede hacer una comparación al bajarse del metro Salvador (Línea 1 del metro de Santiago de Chile): en una vereda nos encontramos con una reconocida clínica capitalina y en la otra con el antiguo Hospital Salvador. Mundos totalmente paralelos, en los que la comodidad, calidad y rapidez de atención difieren estratosféricamente.
¿Sabía usted que un adulto mayor fracturado de cadera puede llegar a esperar más de un mes hospitalizado en un hospital  público (aunque no en todos los casos)? En cambio en una clínica privada el paciente dentro de 72 horas está operado y recuperándose en su casa. Esta realidad que me tocó vivir como estudiante de la salud es verdaderamente indignante.
Al pensarse la salud como un bien, dejamos que esta se convierta en un negocio, y como muy bien me dijo un amigo: “¿te das cuenta de que FONASA  paga los servicios de salud con los impuestos de todos los chilenos?  y  ¿hacia dónde va el  dinero? a las grandes empresas ¿y qué pasa con los enfermos?” No tienen opción.
¿Se cumple efectivamente la equidad en salud? ¿Pero qué sucede si Usted tiene una enfermedad crónica de alto costo? Los seguros le niegan la entrada, si es que está en isapre, no puede salirse de ella para cambiarse a una más económica. No puede ¿por qué? debido a que el sistema de isapres y FONASA  tienen registrada su patología, por lo que usted tiene dos opciones: se queda en su isapre o se va al sistema público. Claramente es una discriminación. ¿Podemos alegar? No, porque son las cláusulas del Negocio.
 ¿Pero qué pasa si su patología no está en el GES? Solo se podrán tratar los que tengan los recursos y los que no… no.
            Es claro que el problema de la privatización y el lucro, trasciende a la salud y educación, Es un deber del Estado velar por garantizar la ejecución de la salud, además de la calidad de esta. De nada sirve "prestar los servicios" , si estos son de mala calidad, poco eficaces y lentos.
           Muchas veces manifestamos nuestro enojo contra el equipo de salud (que en muchos casos es pertinente, especialmente en caso de trato negligente), pero se nos olvida (o desconocemos), el labor del Estado en este tema, la poca protección que hay a nivel constitucional, el poco compromiso de la política (de cualquier color), con un tema que es vital.



[i] http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1726-569X200800020001
[ii] http://www.redchilena.com/constitucion/capituloIII.asp

PitaPata Cat tickers

PitaPata - Personal picturePitaPata Cat tickers